Guía práctica · RGPD
Qué datos personales hay que eliminar antes de publicar un documento
Antes de publicar un documento en un portal de transparencia, en un boletín oficial o compartirlo con terceros, hay que anonimizar todos los datos personales, no solo el nombre. Esta guía enumera qué categorías eliminar y por qué son datos personales según el RGPD.
Identificadores directos
- Nombre y apellidos.
- DNI, NIE, pasaporte y otros documentos.
- Número de la Seguridad Social o mutualidad.
- Correo electrónico y teléfono.
- Dirección postal completa.
- Firma manuscrita y firma digital visible.
- Fotografía o imagen que permita reconocer a la persona.
Identificadores financieros y patrimoniales
- Número de cuenta bancaria (IBAN, SWIFT).
- Número de tarjeta y códigos de pago.
- Referencia catastral y datos registrales asociados a una persona.
- Matrículas de vehículos y VIN.
Cuasi-identificadores (los grandes olvidados)
Combinados, pueden identificar a alguien aunque hayas anonimizado el nombre:
- Fecha de nacimiento exacta.
- Código postal + sexo + edad.
- Puesto de trabajo poco frecuente en una organización pequeña.
- Discapacidad o enfermedad rara.
- Ruta escolar, centro médico o parroquia.
Datos de categorías especiales (art. 9 RGPD)
- Datos de salud, historial clínico, informes psicológicos.
- Origen racial o étnico.
- Opiniones políticas, sindicales, religiosas o filosóficas.
- Datos genéticos y biométricos.
- Orientación sexual y vida sexual.
- Antecedentes penales y datos judiciales.
Datos técnicos y metadatos
- Autor del documento y aplicaciones utilizadas.
- Rutas del sistema, nombres de red y usuarios.
- IPs, direcciones MAC y cookies.
- Comentarios y control de cambios.
- Geolocalización EXIF en imágenes.
Datos de menores y colectivos vulnerables
Requieren especial cuidado. Debe anonimizarse cualquier información que permita identificar a menores, víctimas de violencia, personas migrantes en situación irregular o pacientes.
Checklist antes de publicar
- Recorre el documento marcando cada dato de las categorías anteriores.
- Anonimiza los directos y evalúa el riesgo de los cuasi-identificadores.
- Elimina metadatos y comentarios.
- Comprueba anexos, imágenes y enlaces.
- Registra el proceso para poder acreditarlo (art. 5.2 RGPD).
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