Anonimización en el sector público: guía y software
Ayuntamientos, diputaciones, universidades, consorcios y organismos públicos publican cada día documentos con datos personales de terceros. anonimizia detecta y suprime esos datos antes de publicar o entregar, sobre servidores con ENS Alto y con certificado de gobierno del dato.
- Servidores ENS Alto
- Certificado de gobierno del dato
- Trazabilidad auditable
- Sin tarjeta de crédito
¿Qué exige la normativa a una administración antes de publicar un documento?
Aplicar el principio de minimización del RGPD, suprimir los datos personales de terceros que no sean necesarios y, cuando se identifica a una persona, seguir la disposición adicional séptima de la LOPDGDD y los criterios de la AEPD sobre el documento identificativo.
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¿Cuándo se usa anonimización de documentos para el sector público?
Publicidad activa en transparencia
Contratos, subvenciones, convenios, actas y resoluciones que deben publicarse sin difundir datos personales de terceros.
Derecho de acceso a la información
Entrega de expedientes completos con los datos de terceros suprimidos dentro del plazo legal y con evidencia de lo realizado.
Notificaciones por comparecencia y edictos
Publicación en boletines y tableros electrónicos con el tratamiento del identificador que exige la DA7 de la LOPDGDD.
Uso de IA con documentación pública
Antes de llevar expedientes a un asistente de IA, los datos personales deben quedar anonimizados o seudonimizados.
¿Anonimizar o seudonimizar según el documento?
Anonimizar (irreversible)
Tachado, sustitución por etiquetas o asteriscos: el dato original desaparece del documento que se publica o se entrega.
Pseudonimizar (dato usable)
Datos sintéticos, códigos o tokenización reversible cuando el expediente debe seguir siendo trazable internamente.
Todos los formatos
PDF, Word, Excel, imágenes y escaneados con OCR, además de limpieza de metadatos ocultos.
¿Qué exige exactamente la ley al publicar?
Tachar con un rectángulo no es anonimizar
Un recuadro negro dibujado sobre un PDF deja el texto original debajo: se selecciona, se copia y se recupera entero. anonimizia elimina el texto de la capa del documento y limpia los metadatos (autor, revisiones, comentarios y rutas), no lo tapa.
DA7 de la LOPDGDD: dos supuestos opuestos
La disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018 distingue la publicación de actos administrativos (el nombre se mantiene y se enmascara el documento identificativo) de la notificación por anuncios (se oculta el nombre y se publica el documento). anonimizia contempla ambos supuestos para que la publicación sea correcta en cada caso.
Enmascarado del DNI con la fórmula de la AEPD
El criterio conjunto de la AEPD, la APDCAT, la AVPD y el Consejo de Transparencia de Andalucía fija publicar las cifras de las posiciones cuarta a séptima y ocultar el resto, incluida la letra de control. Se aplica igual a DNI, NIE y pasaporte, sin criterios propios de cada entidad.
Datos de terceros y datos de cargos públicos
Los cargos electos y el personal que actúa en el ejercicio de sus funciones pueden permanecer visibles, mientras se protege a vecinos, personas interesadas y terceros. Las reglas se configuran una vez y se aplican igual en toda la organización.
El ENS no es opcional para un proveedor público
El Real Decreto 311/2022 obliga a que las soluciones que tratan información del sector público estén conformes con el Esquema Nacional de Seguridad. oGov acredita ENS Medio y los servidores de despliegue ENS Alto, además de certificado de gobierno del dato: un editor de PDF de escritorio o una herramienta online generalista no acredita nada de esto.
Listas blancas y reglas por tipo de documento
En un expediente público hay términos que nunca deben tacharse: cargos electos en ejercicio, denominaciones de órganos, nombres de calles o de empresas licitadoras. Las reglas y listas blancas se configuran una vez y se aplican igual en toda la organización.
¿Qué ganas con anonimizia?
Criterio homogéneo en toda la entidad
Cada área deja de aplicar su propio criterio de tachado: las reglas se definen una vez y se ejecutan igual en todos los departamentos.
Evidencia ante una inspección
Cada documento procesado deja registro de quién, cuándo y qué se anonimizó, con revisión humana previa a la descarga.
Los documentos no entrenan modelos de terceros
Se procesan para devolver el archivo anonimizado, cifrados en tránsito y en reposo, y no se ceden para entrenamiento.
Normativa que cubres
RGPD y LOPDGDD
Minimización de datos, base jurídica de la publicación activa y disposición adicional séptima para actos administrativos y notificación por anuncios.
Ley 19/2013 de transparencia
Publicación y acceso a la información pública disociando los datos personales de terceros.
ENS y seguridad
oGov cuenta con ENS Medio y los servidores con ENS Alto, además de certificado de gobierno del dato, cifrado en tránsito y en reposo y trazabilidad de cada documento procesado.
Dudas habituales
¿Qué debe acreditar un proveedor de anonimización para el sector público?
Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (RD 311/2022). oGov cuenta con ENS Medio y los servidores de despliegue con ENS Alto, además de certificado de gobierno del dato, cifrado en tránsito y en reposo y registro auditable.
¿Sirve un editor de PDF o una herramienta online gratuita?
Para un expediente público, no: no detectan automáticamente DNI, NIE, IBAN o matrículas, no permiten listas blancas ni reglas por tipo de documento, no dejan traza auditable y normalmente no acreditan ENS ni certificado de gobierno del dato.
¿Qué documentos anonimiza con más frecuencia una entidad pública?
Actas de pleno y de junta de gobierno, decretos y resoluciones, expedientes de contratación, listados de subvenciones y ayudas, expedientes sancionadores, informes de servicios sociales y edictos.
¿Se pueden procesar muchos expedientes a la vez?
Sí. Hay procesado por lotes con las mismas reglas, revisión humana antes de la descarga y trazabilidad de cada documento.
¿Se puede seudonimizar en lugar de anonimizar?
Sí, cuando el expediente debe seguir siendo trazable internamente: datos sintéticos, códigos o tokenización reversible con la información adicional guardada por separado.
¿Qué es la DA7 y por qué afecta a la publicación?
Es la disposición adicional séptima de la LOPDGDD: regula cómo identificar a una persona cuando una administración publica algo que le afecta. En la publicación de actos administrativos se mantiene el nombre y se enmascara el documento; en la notificación por anuncios se oculta el nombre y se publica el documento identificativo.
¿Cuántas cifras del DNI se pueden publicar?
Cuatro: las de las posiciones cuarta a séptima. El resto se oculta, incluida la letra de control, según el criterio conjunto de la AEPD y las autoridades autonómicas de protección de datos.
¿Vale con tachar con un rectángulo negro en el PDF?
No. El rectángulo es solo un dibujo y el texto sigue debajo: se puede copiar. Hay que eliminar el texto de la capa del documento y limpiar los metadatos, que es lo que hace anonimizia.
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¿En qué normativa se basa esta página?
Todo lo que se explica aquí se apoya en normativa publicada y en las orientaciones de la Agencia Española de Protección de Datos. Estos son los textos originales: