Anonimizar documentos públicos antes de publicarlos
Resoluciones, contratos, subvenciones, informes y expedientes listos para el portal de transparencia, el boletín o la entrega a personas interesadas, sin datos personales y con registro de cada actuación.
- PDF, Word, Excel y escaneados
- Alineado con el RGPD y Ley 19/2013
- Servidores ENS Alto
- Prueba gratis sin tarjeta
¿Qué es anonimizar un documento público?
Es eliminar o sustituir de forma irreversible los datos que permiten identificar a una persona, de modo que el documento pueda difundirse sin afectar a su privacidad.
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Prueba anonimizia gratis durante 14 días
Anonimiza documentos sin límite de páginas. Sin tarjeta. Te respondemos en menos de 24 h con acceso configurado para tu organismo.
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¿Cuándo se usa anonimizar documentos públicos?
Publicidad activa en transparencia
Contratos, convenios, subvenciones y retribuciones que deben publicarse sin exponer datos personales de terceros.
Derecho de acceso a la información
Entrega de expedientes a solicitantes con los datos de terceros ocultos y dentro de plazo.
Boletines y tablones electrónicos
Edictos, notificaciones y listados de admitidos que requieren disociación de identidades.
Reutilización y open data
Conjuntos de datos publicables solo si están correctamente anonimizados o pseudonimizados.
¿Anonimizar o seudonimizar según el documento?
Anonimizar (irreversible)
Tachado, sustitución por etiquetas o asteriscos: el dato original desaparece del documento que se publica o se entrega.
Pseudonimizar (dato usable)
Datos sintéticos, códigos o tokenización reversible cuando el expediente debe seguir siendo trazable internamente.
Todos los formatos
PDF, Word, Excel, imágenes y escaneados con OCR, además de limpieza de metadatos ocultos.
¿Qué exige exactamente la ley al publicar?
Tachar con un rectángulo no es anonimizar
Un recuadro negro dibujado sobre un PDF deja el texto original debajo: se selecciona, se copia y se recupera entero. anonimizia elimina el texto de la capa del documento y limpia los metadatos (autor, revisiones, comentarios y rutas), no lo tapa.
DA7 de la LOPDGDD: dos supuestos opuestos
La disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018 distingue la publicación de actos administrativos (el nombre se mantiene y se enmascara el documento identificativo) de la notificación por anuncios (se oculta el nombre y se publica el documento). anonimizia contempla ambos supuestos para que la publicación sea correcta en cada caso.
Enmascarado del DNI con la fórmula de la AEPD
El criterio conjunto de la AEPD, la APDCAT, la AVPD y el Consejo de Transparencia de Andalucía fija publicar las cifras de las posiciones cuarta a séptima y ocultar el resto, incluida la letra de control. Se aplica igual a DNI, NIE y pasaporte, sin criterios propios de cada entidad.
Datos de terceros y datos de cargos públicos
Los cargos electos y el personal que actúa en el ejercicio de sus funciones pueden permanecer visibles, mientras se protege a vecinos, personas interesadas y terceros. Las reglas se configuran una vez y se aplican igual en toda la organización.
¿Qué ganas con anonimizia?
Publicar sin miedo
Menos errores humanos en el paso más delicado: el momento de hacer público un documento.
Un mismo criterio en toda la organización
Reglas compartidas entre departamentos y evidencia de cómo se aplicaron.
Integrable con tu gestor documental
anonimizia es un módulo de oGov System y puede contratarse solo o junto al resto del SaaS.
Normativa que cubres
RGPD y LOPDGDD
Base jurídica y minimización en la difusión de información pública.
Ley 19/2013 de transparencia
Equilibrio entre el derecho de acceso y la protección de datos personales.
ENS y seguridad
oGov cuenta con ENS Medio y los servidores con ENS Alto, además de certificado de gobierno del dato, cifrado en tránsito y en reposo y trazabilidad de cada documento procesado.
Dudas habituales
¿Diferencia entre anonimizar y pseudonimizar?
Al anonimizar el dato desaparece y no se puede recuperar. Al pseudonimizar se sustituye por un código o token que la organización puede revertir de forma controlada.
¿Qué formatos admite?
PDF, Word, Excel, imágenes y documentos escaneados con reconocimiento de texto, además de limpieza de metadatos.
¿Puedo procesar muchos documentos a la vez?
Sí, admite carga por lotes para publicaciones periódicas como listados y boletines.
¿Queda constancia de lo anonimizado?
Sí. Cada proceso deja un registro auditable con usuario, fecha y elementos tratados.
¿Qué es la DA7 y por qué afecta a la publicación?
Es la disposición adicional séptima de la LOPDGDD: regula cómo identificar a una persona cuando una administración publica algo que le afecta. En la publicación de actos administrativos se mantiene el nombre y se enmascara el documento; en la notificación por anuncios se oculta el nombre y se publica el documento identificativo.
¿Cuántas cifras del DNI se pueden publicar?
Cuatro: las de las posiciones cuarta a séptima. El resto se oculta, incluida la letra de control, según el criterio conjunto de la AEPD y las autoridades autonómicas de protección de datos.
¿Vale con tachar con un rectángulo negro en el PDF?
No. El rectángulo es solo un dibujo y el texto sigue debajo: se puede copiar. Hay que eliminar el texto de la capa del documento y limpiar los metadatos, que es lo que hace anonimizia.
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¿En qué normativa se basa esta página?
Todo lo que se explica aquí se apoya en normativa publicada y en las orientaciones de la Agencia Española de Protección de Datos. Estos son los textos originales: