Sector público · Subvenciones y edictos

Anonimizar subvenciones, ayudas sociales y edictos del tablón

Publica listados de beneficiarios de subvenciones, ayudas de emergencia social y edictos del tablón sin exponer datos personales innecesarios. Detecta nombres, DNI, direcciones e importes; conserva la información obligatoria por transparencia.

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Casos típicos

Cuándo usar anonimizia para anonimizar subvenciones y edictos

Ayudas de emergencia social

Los listados de beneficiarios de ayudas sociales contienen datos de categoría especial. anonimizia sustituye nombres y DNI por códigos de expediente para publicarlos con seguridad.

Subvenciones nominativas y en concurrencia

Publica el importe y el objeto de la subvención cuando la ley lo exija, tachando datos personales adicionales que no forman parte de la publicidad activa.

Edictos y notificaciones del tablón

Prepara la versión pública del edicto cuando la notificación individual no ha sido posible, manteniendo lo imprescindible para la eficacia jurídica.

Padrón, tributos y sancionador

Anonimiza listados cobratorios, providencias de apremio y sanciones antes de exponerlos en el tablón o en el BOP.

Documentos

Documentos que puedes anonimizar

  • Listados de beneficiarios de subvenciones
  • Resoluciones de concesión de ayudas sociales
  • Edictos del tablón físico y electrónico
  • Padrones cobratorios y providencias de apremio
  • Notificaciones BOE / BOP por comparecencia
Beneficios

Qué ganas con anonimizia

Sustitución por código de expediente

En vez de un simple tachado, sustituye identificadores por códigos consistentes: útil cuando el mismo beneficiario aparece en varios listados.

Publicación conforme a la BDNS

Prepara los listados que después se vuelcan a la Base de Datos Nacional de Subvenciones con los datos que realmente deben hacerse públicos.

Trazabilidad para el DPD

El DPD dispone de informe firmado por publicación: qué se tachó, por qué y con qué regla — clave ante una reclamación.

Marco legal

Normativa que cubres

Ley 38/2003 General de Subvenciones (art. 18)

Regula la publicidad de subvenciones y su volcado a la BDNS con las salvaguardas del RGPD.

Ley 19/2013 (art. 8.1.c)

Obliga a publicar subvenciones y ayudas concedidas, indicando importe y beneficiario, respetando la protección de datos cuando proceda.

Guía AEPD sobre publicidad activa

Delimita qué datos pueden hacerse públicos en listados de beneficiarios y cuáles deben disociarse (especialmente en ayudas de emergencia social).

Preguntas frecuentes

Dudas habituales

¿En ayudas sociales puedo publicar el nombre?

Con carácter general no, porque revela una situación de vulnerabilidad (dato de categoría especial). anonimizia sustituye por código de expediente.

¿Y si la ley exige publicar el beneficiario?

Cuando la ley lo exija (por ejemplo, en subvenciones ordinarias), anonimizia conserva ese dato y tacha el resto de datos personales accesorios.

¿Puedo anonimizar edictos ya publicados en el BOP?

Sí, para retirarlos del tablón electrónico municipal una vez cumplido el plazo o para atender un derecho de supresión al desindexar.

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